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Abrir una empresa en Brasil desde México: guía 2026

Cómo una sociedad o inversor mexicano constituye una filial en Brasil: convenio fiscal, retenciones de 2026, apostilla, representante legal, comercio y residencia.

Abrir una empresa en Brasil desde México: guía 2026

Revisado por Luiz Eduardo da Silva, director de LegalBR. Actualizado el 22 de octubre de 2026. Lectura de unos 11 minutos.

Para abrir una empresa en Brasil desde México, la vía habitual es una filial brasileña (Ltda o SLU) controlada por la sociedad mexicana, con un representante residente en Brasil. Lo que distingue el caso mexicano es el convenio fiscal vigente desde 2006, la apostilla de documentos federales y estatales, los acuerdos comerciales ACE 53 y ACE 55 y el hecho de que México no forma parte del Acuerdo de Residencia del Mercosur. Esta guía explica cada punto con las reglas de 2026.

En resumen

Estructura habitual
Ltda o SLU brasileña
Convenio fiscal
Vigente desde 2006
Dividendos a México
Retención del 10% en 2026
Documentos mexicanos
Apostilla y traducción en Brasil
  • La sociedad mexicana necesita su propio CNPJ en Brasil antes de figurar como socia.
  • El convenio limita la retención sobre dividendos al 10% o al 15%, y la tasa brasileña de 2026 es del 10%.
  • Los mexicanos no pueden usar la residencia del Mercosur: un directivo que se mude necesita una autorización de residencia propia.
  • El ACE 53 y el ACE 55 otorgan preferencias arancelarias, pero no forman un tratado de libre comercio completo.

Abrir una empresa en Brasil desde México: lo esencial

Una sociedad mexicana puede tener el 100% del capital de una empresa brasileña. No se exige socio local ni capital mínimo como regla general, y los administradores pueden residir fuera de Brasil. Sin embargo, cada socio extranjero debe tener un apoderado residente en Brasil con poderes para recibir notificaciones.

El proceso general es el mismo para cualquier inversor extranjero y está descrito en nuestra guía para abrir una empresa en Brasil. Esta página se concentra en lo que cambia cuando la matriz o el inversor están en México.

  • Fiscal: existe un convenio para evitar la doble imposición, con topes de retención propios.
  • Documental: los documentos mexicanos se apostillan en México, en la autoridad federal o estatal que corresponda.
  • Comercial: el comercio bilateral se apoya en acuerdos de alcance parcial, no en un tratado de libre comercio amplio.
  • Migratorio: México no es parte del Acuerdo de Residencia del Mercosur.

Filial o sucursal: qué estructura elegir

La mayoría de los grupos mexicanos opta por una filial brasileña. La sucursal de sociedad extranjera existe, pero requiere autorización federal previa por medio del Departamento Nacional de Registro Empresarial e Integración (DREI), según los artículos 1.134 a 1.141 del Código Civil y la IN DREI 77/2020.

CriterioFilial (Ltda o SLU)Sucursal de sociedad extranjera
Personalidad jurídicaPropia, separada de la matrizLa misma de la matriz mexicana
Autorización previaNo, registro directo en la Junta ComercialSí, autorización federal por el DREI
ResponsabilidadLimitada al capital, como regla generalAlcanza a la matriz
Cambios posterioresAlteración contractual en la JuntaMuchos cambios exigen nueva aprobación federal
Simples NacionalNo disponible con socio persona jurídicaNo disponible

La sociedad limitada (sociedade limitada, Ltda) admite dos o más socios. La sociedad limitada unipersonal (SLU), creada por la Ley 13.874/2019, permite que la matriz mexicana sea la única socia. Por otra parte, la sociedad anónima de capital cerrado suele reservarse para estructuras con varios inversores o planes de gobernanza más complejos. Puede comparar las opciones en nuestra guía de tipos de sociedades en Brasil (en inglés).

El convenio México Brasil contra la doble imposición

Brasil y México firmaron el convenio para evitar la doble imposición en la Ciudad de México el 25 de septiembre de 2003. Entró en vigor el 30 de noviembre de 2006 y Brasil lo promulgó por el Decreto 6.000/2006. Por lo tanto, sus topes de retención se aplican a pagos de la filial brasileña a residentes en México.

Renta pagada desde BrasilTope del convenioRegla interna brasileña en 2026
Dividendos a sociedad con al menos 20% de las acciones con voto10%10% (Ley 15.270/2025)
Dividendos en los demás casos15%10% (Ley 15.270/2025)
Intereses15%, con cláusula de nación más favorecida (piso de 4,9%)Según la naturaleza del pago
Intereses sobre el capital propio (JCP)Tratados como intereses en el Protocolo17,5% desde 2026 (LC 224/2025)

Dividendos desde 2026

Desde el 1 de enero de 2026, la Ley 15.270/2025 aplica una retención del 10% sobre los dividendos pagados a socios residentes en el exterior. Como los topes del texto del convenio son iguales o superiores, el punto de partida para una matriz mexicana es el 10%. Sin embargo, el punto 5 del Protocolo contiene una cláusula de nación más favorecida: si Brasil acuerda después con otro país tasas menores para dividendos, intereses o regalías, esas tasas se extienden al convenio con México, con pisos del 4,9% para intereses y del 10% para regalías. Por eso, cualquier tasa inferior al 10% exige un análisis fiscal específico y documentado. Además, los beneficios generados hasta 2025 y aprobados para distribución hasta el 31 de diciembre de 2025 conservan la exención si se pagan hasta 2028, en las condiciones de la ley. Lo explicamos en detalle en nuestra guía sobre dividendos enviados al exterior.

Intereses sobre el capital propio

El Protocolo del convenio indica que, para Brasil, el término intereses incluye los intereses sobre el capital propio (juros sobre capital próprio, JCP). Por otro lado, la Ley Complementaria 224/2025 elevó la retención interna sobre JCP del 15% al 17,5% desde 2026. En consecuencia, conviene que su asesor fiscal confirme si el tope del 15% del convenio aplica a su caso antes de definir la política de remuneración.

Documentos de la sociedad mexicana y apostilla

La matriz mexicana debe acreditar su existencia, sus representantes y los poderes otorgados en Brasil. En la práctica, la lista típica es la siguiente.

  • Acta constitutiva y estatutos vigentes, en escritura pública, con sus reformas relevantes.
  • Constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio o documento equivalente que acredite la existencia actual.
  • Documento que acredite los poderes de quien firma por la sociedad, por ejemplo un poder notarial o el acta de asamblea que lo designa.
  • Poder para el apoderado residente en Brasil, con facultades para recibir notificaciones y representar a la sociedad ante la Junta, la Receita Federal y el Banco Central.
  • Constancia de situación fiscal del SAT, útil para identificar la sociedad y su RFC en el registro brasileño.
  • Identificación oficial de los firmantes y, si son personas físicas socias o administradoras, su CPF brasileño.

Apostilla mexicana

México forma parte del Convenio de La Haya sobre la Apostilla desde el 14 de agosto de 1995, y Brasil desde el 14 de agosto de 2016. Por lo tanto, no se necesita legalización consular. La Secretaría de Gobernación apostilla los documentos emitidos por autoridades federales, y los documentos estatales se apostillan en el gobierno de la entidad federativa que corresponda. Los consulados de México no apostillan.

Traducción pública en Brasil

Los documentos en español deben llevar traducción pública (tradução juramentada) al portugués, hecha por un traductor público registrado en Brasil. Una traducción hecha en México, aunque esté certificada, no suele aceptarse para fines registrales. Además, el nombre de la sociedad debe aparecer igual en todos los documentos, incluida la denominación completa con su tipo, como S.A. de C.V. o S. de R.L. de C.V. Más detalles en nuestra guía sobre apostilla y traducción pública (en inglés).

Representante legal y administradores

La matriz mexicana, como socia extranjera, debe mantener en Brasil un apoderado residente con poderes para recibir citaciones. Este papel es distinto del de administrador, aunque a veces lo desempeña la misma persona. Lo explicamos en nuestra guía sobre el representante legal en Brasil.

Los administradores de una Ltda pueden residir en México o en otro país desde la IN DREI 112/2022. En ese caso, deben nombrar un procurador residente en Brasil con poderes para recibir notificaciones, válido por al menos tres años después del mandato. Para una S.A., la Ley 14.195/2021 permitió directores residentes en el exterior con el mismo requisito.

Además, alguien debe ser responsable del CNPJ de la filial ante la Receita Federal. En la práctica, esa persona necesita CPF, cuenta gov.br y, en muchos casos, certificado digital. Por eso, muchos grupos combinan un administrador en México con un representante operativo en Brasil.

Pasos para abrir una empresa en Brasil desde México

  1. Definir estructura y socios

    Elija entre Ltda y SLU, defina capital, objeto social y quién administrará la filial.

  2. Preparar documentos en México

    Reúna la documentación corporativa, otorgue los poderes y obtenga las apostillas federales o estatales.

  3. Traducir en Brasil

    Encargue las traducciones públicas al portugués y revise que nombres, fechas y datos coincidan.

  4. Inscribir a la matriz en el CNPJ

    La sociedad mexicana obtiene su CNPJ como socia extranjera, con su representante en Brasil.

  5. Constituir la filial

    Consulta de viabilidad, contrato social y registro en la Junta Comercial, que genera el CNPJ de la filial.

  6. Inscripciones y cuenta bancaria

    Inscripción municipal o estatal según la actividad, apertura de cuenta y licencias que correspondan.

  7. Ingresar el capital y registrarlo

    Envíe el capital por contrato de cambio y registre la inversión en el SCE-IED del Banco Central.

Una vez que los documentos apostillados llegan a Brasil, nuestro equipo normalmente deja la empresa lista para operar en 15 a 30 días, salvo que la actividad exija una licencia específica. La matriz necesita su CNPJ antes de figurar como socia. Desde julio de 2026, los nuevos registros pueden recibir un CNPJ alfanumérico, de modo que los sistemas de la matriz deben aceptar letras además de números.

La inversión extranjera directa se registra en el SCE-IED conforme a la Ley 14.286/2021 y la Resolución BCB 278/2022. Este registro respalda la futura repatriación del capital y el envío de dividendos, así que debe coincidir con el contrato social.

Comercio exterior: ACE 53, ACE 55 y Radar Siscomex

Brasil y México no tienen un tratado de libre comercio amplio. En cambio, el comercio bilateral se apoya en acuerdos firmados en el marco de la ALADI.

  • ACE 53 (Brasil y México): firmado el 3 de julio de 2002 y vigente desde el 2 de mayo de 2003. Otorga preferencias arancelarias recíprocas en alrededor de 800 posiciones arancelarias de productos no automotores.
  • ACE 55 (Mercosur y México): regula el comercio de productos del sector automotor.
  • ACE 54 (Mercosur y México): acuerdo marco que busca una zona de libre comercio. Mientras no se alcance, rigen el ACE 53 y el ACE 55.

Para importar o exportar en nombre propio, la filial necesita habilitación en el Radar Siscomex ante la Receita Federal. Por ello, si el plan es distribuir productos mexicanos en Brasil, conviene incluir ese trámite en el cronograma inicial y confirmar si el producto está cubierto por alguna preferencia y qué certificado de origen exige.

Directivos mexicanos y residencia en Brasil

El Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del Mercosur, promulgado en Brasil por el Decreto 6.975/2009, beneficia a los nacionales de Argentina, Paraguay, Uruguay, Bolivia y Chile, entre otros países. México no es parte de ese acuerdo. Por lo tanto, un directivo mexicano que vaya a vivir y trabajar en Brasil necesita una autorización de residencia según la Ley de Migración (Ley 13.445/2017).

Las vías más usadas son la residencia por inversión y la residencia para trabajo. Sin embargo, no es necesario mudarse para constituir la empresa: la constitución puede hacerse a distancia y la administración puede quedar en México con un apoderado residente. Si prevé traslados, consulte nuestra guía sobre residencia para inversionistas (en inglés).

Errores frecuentes

  • Usar una traducción hecha en México. Para la Junta Comercial se requiere traducción pública hecha en Brasil.
  • Apostillar en la autoridad equivocada. Un documento estatal no se apostilla en la Secretaría de Gobernación, y los consulados no apostillan.
  • Poderes demasiado genéricos. El poder debe incluir expresamente la facultad de recibir notificaciones y los actos que se firmarán en Brasil.
  • Nombres que no coinciden. La denominación de la sociedad, con su tipo, y los nombres de los firmantes deben ser idénticos en todos los documentos.
  • Olvidar el SCE-IED. Sin registro de la inversión, la repatriación y los dividendos se complican.
  • Aplicar una tasa reducida sin análisis. En dividendos, los topes del texto del convenio son del 10% y del 15%. Una tasa menor solo cabría por la cláusula de nación más favorecida del Protocolo, y eso exige un análisis documentado.
  • Esperar beneficios del Mercosur. México no es miembro del Mercosur, y las preferencias comerciales dependen de cada acuerdo.

Si prefiere comenzar con una sociedad ya constituida, revise nuestra guía sobre la empresa preconstituida en Brasil.

Preguntas frecuentes de inversores

¿Una empresa mexicana puede tener el 100% de una empresa en Brasil?

Sí. Una sociedad mexicana puede ser la única socia de una SLU o la socia mayoritaria de una Ltda, sin socio brasileño obligatorio. Necesita un CNPJ propio y un apoderado residente en Brasil con poderes para recibir notificaciones.

¿Existe un convenio de doble tributación entre México y Brasil?

Sí. Se firmó el 25 de septiembre de 2003, entró en vigor el 30 de noviembre de 2006 y Brasil lo promulgó por el Decreto 6.000/2006. Limita la retención sobre dividendos al 10% o al 15% y sobre intereses al 15%.

¿Cuánto se retiene en Brasil sobre los dividendos enviados a México?

Desde 2026, la retención brasileña es del 10% según la Ley 15.270/2025. Como los topes del texto del convenio son del 10% y del 15%, el punto de partida es el 10%, aunque la cláusula de nación más favorecida del Protocolo merece un análisis específico. Los beneficios de hasta 2025 aprobados a tiempo pueden conservar la exención en las condiciones de la ley.

¿Los documentos mexicanos necesitan apostilla para Brasil?

Sí. México y Brasil son parte del Convenio de La Haya, así que basta la apostilla. Los documentos federales se apostillan en la Secretaría de Gobernación y los estatales en el gobierno de cada entidad federativa. Después se traducen al portugués en Brasil.

¿Un mexicano puede usar la residencia Mercosur en Brasil?

No. México no es parte del Acuerdo de Residencia del Mercosur. Un directivo mexicano que se traslade necesita una autorización de residencia de la Ley de Migración, por ejemplo por inversión o por trabajo.

¿El administrador de la filial puede vivir en México?

Sí. Desde la IN DREI 112/2022, los administradores de una Ltda pueden residir en el exterior si nombran un procurador residente en Brasil con poderes para recibir notificaciones. La Ley 14.195/2021 permitió lo mismo para los directores de una S.A.

¿Cuánto tarda abrir una empresa en Brasil desde México?

La mayor parte del tiempo se va en preparar, apostillar y traducir documentos. Una vez que llegan a Brasil, nuestro equipo normalmente deja la empresa lista para operar en 15 a 30 días, salvo que la actividad exija una licencia específica.

Luiz Eduardo da Silva

Director de LegalBR, firma de asesoría societaria y servicios paralegales en São Paulo que constituye y mantiene empresas para inversores extranjeros. Esta guía ofrece información general y no constituye asesoría legal ni fiscal.

Fuentes

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